Ley de Dependencia

18-Mayo-2008 at 3:02 pm | In 1 | Leave a Comment
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Más de 78.000 andaluces han solicitado ayudas por la Ley de Dependencia

 

La ley da prioridad a la teleasistencia, la ayuda a domicilio y los centros de día

 

El número de andaluces que han solicitado su evaluación conforme a la Ley de Dependencia asciende a más de 78.000. Esta ley ha sido creada para las personas que precisan ayudas importantes de otras para realizar las actividades básicas de la vida diaria debido a su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial.

 

Para ser reconocido como una persona que se encuentra en situación de dependencia se debe de ser español, residir en España, y haber sido declarado dependiente por el órgano evaluador de la Comunidad Autónoma correspondiente. Para ello, será necesario rellenar una solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia. Esta solicitud debe ir acompañada junto con un informe de salud de la persona, la fotocopia del DNI del solicitante y la certificación de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento. “Son muchas las personas que vienen al centro de salud a pedir las solicitudes para poder recibir las ayudas. La mayoría son personas mayores y con estas prestaciones ellos ven el cielo abierto porque ciertamente son muchos los que lo necesitan”, comenta una enfermera del Centro de Salud de Mairena del Aljarafe.

 

La resolución determinará los servicios o prestaciones que le corresponden al solicitante según el grado y nivel de dependencia. Existen tres grados que son, en primer lugar, los dependientes moderados, aquellas personas que necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal; en segundo lugar, el grado de dependencia severa, aquellas personas que necesitan ayuda dos o tres veces al día pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal; y por último, los grandes dependientes, aquellas personas que necesitan ayuda las 24 horas del día para realizar diversas actividades básicas de la vida diaria y que por su pérdida total de autonomía, necesitan el apoyo indispensable y continuo de otra persona.

 

Servicios y prestaciones

Las ayudas fundamentales con las que cuenta esta nueva ley son las prestaciones económicas y las de servicios. Según el grado de dependencia que tenga la persona se podrá beneficiar de la teleasistencia, la ayuda a domicilio, los servicios de centro de día y de noche o del servicio de Atención Residencial siendo estos a los que la ley dará prioridad. Esto supondrá una mejora en la vida de los pacientes que dependan de cuidadores o familiares

Las ayudas económicas son de dos tipos dependiendo de la persona. Por un lado, la destinada a cuidados en el entorno familiar y el apoyo a cuidadores no profesionales; y por otro lado, la prestación económica vinculada al servicio.

Estos beneficios se otorgarán solamente cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado.

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